Señor Presidente de la República inminente, según el artículo 4.4 de la Ley de Referéndum de Autodeterminación en las 48 horas siguientes a proclamarse los resultados por la Sindicatura electoral, el Parlament ha de declarar la independencia de Catalunya, concretar sus efectos e iniciar el proceso constituyente.
Su Señoría de ninguna manera debe fallarles a los adelantados de la huelga general política, felices en sus barricadas, con los Mossos floreados aplaudiendo. Señoría, sin excusas, cuanto antes, visite en los hospitales a los heridos del 1-O.