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Sentencia por la Gürtel: 33 años de cárcel a Bárcenas, 51 a Correa y 37 a Pablo Crespo

La Audiencia Nacional, que juzga la primera época de la trama Gürtel, (1999-2005), ha condenado a 351 años de cárcel a 29 de los 37 acusados.

El cabecilla de la trama, Francisco Correa, ha sido condenado a la pena más alta, casi 52 añosd e cárcel, y su número dos, Pablo Crespo, a 37 años y medio. El alto tribunal impone una pena de 33 años de cárcel y más de 44 millones de multa al extesorero del PP Luis Bárcenas y 15 años a su mujer, Rosalía Iglesias.

Por su parte, la AN condena a 38 años de prisión a Guillermo Ortega, exalcalde de Majadahonda, a 31 años al exconsejero madrileño Alberto López Viejo y a 14 años a Jesús Sepúlveda, exalcalde de Pozuelo de Alarcón y exmarido de Ana Mato, exministra de Sanidad con Rajoy.

También hay condena para Ana Mato, que junto a Gema Matamoros, esposa del exalcalde de Majadahonda, son consideradas partícipes a título lucrativo de la trama.

Las penas van desde los 51 años y 11 meses que han recaído en Francisco Correa hasta los cinco meses del empresario Jacobo Gordon, mientras que absuelve a otros ocho, entre ellos Álvaro Pérez ‘El Bigotes’.

En la primera sentencia que dicta la Audiencia Nacional de la trama Gürtel, los jueces consideran que los acusados cometieron delitos de asociación ilícita, fraude a la administración pública, cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, exacciones ilegales o estafa procesal intentada.

El magistrado Ángel Hurtado emite un voto particular que propone la absolución del PP, condenado como partícipe a título lucrativo, y de cuatro acusados: Ricardo Galeote, Ángel Sanchís y su hijo, así como de Carlos Clemente.

Los hechos probados de la llamada “primera época de Gürtel” se sitúan entre los años 1999 hasta 2005, con algunas actividades muy concretas posteriores, explica la Audiencia Nacional, en relación con la estructura de la organización liderada por Francisco Correa y desplegada en determinados territorios gobernados por el Partido Popular. La Sala ha juzgado los hechos atribuidos al Grupo de Correa en la localidad malagueña de Estepona, en los municipios madrileños de Majadahonda (2001 a 2005) y Pozuelo (2003 a 2005), municipio de Madrid (2002), Comunidad de Madrid (2004 a 2008) y Comunidad de Castilla y León (2002 y 2003).

«Auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional»

El Tribunal considera acreditado que durante esos años entre el Grupo Correa y el Partido Popular se tejió en esos territorios una estructura de colaboración estable y consistente en prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, dentro de la normal actividad de dicho partido político. Pero además, según la Sala, se creó “en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica, y local a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, aquí enjuiciados, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente a través de terceras personas”.

La sentencia relata cómo las empresas de Correa u otras empresas terceras elegidas, con el apoyo de los cargos públicos condenados, gozaban de un arbitrario trato de favor en la contratación pública. Inflaban precios que se cobraban de las distintas administraciones públicas afectadas, con la finalidad buscada de la obtención ilícita de importantes beneficios a costa del erario público, “o bien comisiones cuando la adjudicataria eran terceras empresas, que luego se repartían entre el Grupo Correa y las autoridades o cargos públicos electos o designados corruptos, que recibían cantidades de dinero en metálico, pero también otro tipo de servicios o regalos prestados por diferentes empresas de esta trama, como eventos, viajes, fiestas, celebraciones, etc. De las que en algunos casos se beneficiaron también sus familiares”.

Otras cantidades detraídas, según los jueces, sirvieron directamente para pagar gastos electorales o similares del Partido Popular o fueron a parar como donaciones finalistas a la llamada “Caja B” del partido, consistente “en una estructura financiera y contable paralela a la oficial existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente, en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido, si bien estos últimos aspectos que se describen lo son únicamente para precisar el contexto en el que se imbrican los hechos objeto de este enjuiciamiento, pero quedando fuera de su ámbito de conocimiento”.

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Sentencia por la Gürtel: 33 años de cárcel a Bárcenas, 51 a Correa y 37 a Pablo Crespo

Violeta Muñoz

Hago la información de Madrid y a veces escribo sobre Derechos Humanos y Europa. Pro transparencia pública y rendición de cuentas.

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