Para el caso del Reino Unido solo podrán realizarse vuelos o desembarco de buques de pasaje a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países. La medida entrará en vigor desde las 18 del día 16 de febrero hasta esta misma hora del 30 de marzo de 2021.
Desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. La prórroga será igual: hasta el 30 de marzo.
El acuerdo se encuadra en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos. Así como contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios, y en sintonía con las recomendaciones en el ámbito de la coordinación europea.
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