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Robos en la calle: ¿me cubre mi seguro de hogar?

Cuando pensamos en una póliza de hogar la asociamos normalmente con aquello que ocurre con nuestra casa y dentro de ella. No todo el mundo sabe que algunos seguros extienden su cobertura a situaciones que se dan fuera de la misma, como por ejemplo el robo de un teléfono móvil o del bolso si sufrimos un tirón. En estos casos, el seguro de hogar nos cubre el robo. Por ello, a la hora de contratar seguro hogar conviene comprobar con detalle cuáles son las coberturas que ofrecen.

Es bastante habitual que los clientes que contratan una póliza de hogar desconozcan en gran medida los servicios y elementos que cubre la misma. Esto puede llevar a que los usuarios asuman gastos de determinados incidentes que debería abonar la aseguradora.

Aunque no todos lo hacen. Un buen seguro de hogar debe cubrir el eventual robo que sufra el asegurado fuera de la vivienda, incluyendo también a las personas aseguradas que residen en el hogar. Pero para que el seguro cubra este tipo de incidentes hay que tener en cuenta ciertos factores.

Las pólizas de seguros del hogar cubren las pérdidas ocasionadas por robos, es decir los atracos, realizados en la vía pública, pero no los hurtos. Para ser más exactos, el Código Penal español identifica como hurto “la apropiación con ánimo de lucro de cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño”. En cambio, define el robo como “apoderarse de bienes ajenos empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde estas se encuentran o violencia o intimidación en las personas”. Es decir, un robo y un hurto se diferencian por la violencia que se aplica.

Por ejemplo, si estamos sentados en la terraza de un bar o restaurante, tenemos el móvil encima de la mesa y sin darnos cuenta el dispositivo desaparece, el seguro no lo cubriría ya que en este caso se trataría de un hurto y no de un robo.

Si contamos con una póliza de seguro del hogar que cubre el atraco en la calle, debemos tener claros cuáles son los límites establecidos en función de los bienes que nos hayan robado. Las aseguradoras suelen distinguir entre la ropa y efectos personales y el dinero y las joyas, y limitan ambos conceptos en su cuantía económica.

Ojo. También es preciso haber presentado una denuncia previamente en la Policía porque sin una copia de ésta será imposible reclamar nada. La parte positiva es que no es necesario acudir presencialmente a una comisaría, ya que la Policía Nacional dispone de un servicio de denuncias por Internet o por teléfono que agiliza mucho este tipo de trámites.

Por último, pero no menos importante, el robo se tiene que haber producido en España, en territorio nacional.

Además, al margen del seguro que se tenga contratado, es muy importante dar de baja todos los documentos, especialmente las tarjetas de débito o crédito. También, si te han robado el teléfono móvil, debes llamar al servicio de atención al cliente de tu compañía telefónica para pedir el bloqueo de la tarjeta SIM y evitar así un mal mayor.

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Robos en la calle: ¿me cubre mi seguro de hogar?

E.B.

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