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ONG ven el fallo del TEDH como un «golpe» a los derechos de migrantes e insisten en la ilegalidad de devoluciones

La Gran Sala ha cambiado de criterio y ha revocado una sentencia inicial emitida por este mismo tribunal en octubre de 2017, cuando condenó a España por devolver a Marruecos a dos migrantes que saltaron la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014 al considerar que vulneró el Convenio Europeo de los Derechos Humanos.

Ahora, el tribunal europeo considera que los migrantes se pusieron ellos mismos «en una situación de ilegalidad» cuando intentaron «deliberadamente» entrar en territorio español de «forma no autorizada, utilizando «la fuerza y un efecto de masas» y «sin hacer uso de los procedimientos legales» de los que disponían.

Tras conocer el pronunciamiento, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha señalado que esta resolución «no debe tomarse como un espaldarazo legal» a esta práctica y ha insistido en denunciar su ilegalidad.

CEAR, que intervino como ‘tercera parte’ en la demanda junto a otras entidades como ACNUR, ha rechazado que el tribunal justifica su decisión diciendo que estas personas podrían haber solicitado asilo en el puesto fronterizo de Melilla, teniendo en cuenta que «ninguna persona de origen subsahariano ha podido acceder a este puesto desde su creación».

«Desde CEAR nos parece una sentencia desilusionante y confiamos en que la decisión pendiente del Tribunal Constitucional establezca la inconstitucionalidad de estas prácticas que dejan en papel mojado la normativa internacional en materia de asilo», destacó Estrella Galán, directora de CEAR.

Por su parte, la portavoz de CEAR, Paloma Favieres, ha dicho que el fallo es «desalentador» y ha dicho que demuestra que el TEDH «no ha entendido nada de las cuestiones» que planteaban los demandantes. La Gran Sala del Tribunal sostiene que los dos migrantes optaron por no utilizar «el procedimiento legal» para entrar en territorio español, si bien Favieres considera que es «sobradamente» conocido que no pueden hacerlo.

A su juicio, hay que seguir pidiendo al Gobierno que prohíba esta práctica «por coherencia política» –ya que acudieron al Constitucional–, al tiempo que ha expresado su confianza en que el tribunal de garantías se pronuncie «en breve» y que se gestione la frontera sur «de otra manera».

En declaraciones a Europa Press, la portavoz de ACNUR en España, María Jesús Vega, ha recordado que desde el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados se ha reivindicado en reiteradas ocasiones el fin de las devoluciones inmediatas en Ceuta y Melilla.

Tal y como ha precisado, ACNUR siempre ha puesto énfasis en la necesidad de que el rechazo en frontera y la devolución automática de personas en la frontera no se haga «sin una investigación adecuada y sin tener en cuenta las circunstancias derechos, las necesidades individuales» de cada persona.

De no hacerse así, según ha incidido Vega, esta práctica «contraviene la prohibición de las expulsiones colectivas y el principio de no devolución», por lo que, a su juicio, hay que «establecer un sistema operativo que permita un acceso a un procedimiento justo en la frontera».

DERECHO A UN PROCEDIMIENTO DE ASILO
«Las personas deben tener acceso a los procedimientos de asilo y apelar cualquier decisión, independientemente de cómo ingresaron al país en el que desean buscar refugio», ha manifestado la investigadora de derechos de refugiados y migrantes de Amnistía Internacional, Anna Shea, que ha tachado de «decepcionante» la decisión.

Desde la entidad, lamentan que estos dos hombres «fueron llevados de regreso a Marruecos tan pronto como ingresaron a España, sin posibilidad de explicar sus circunstancias, sin posibilidad de solicitar asilo y sin posibilidad de apelar su expulsión». Para Shea, que el TEDH haya dicho que España «tenía derecho a hacer esto, porque los hombres ingresaron al país de manera irregular, es realmente un duro golpe para los derechos de los refugiados y migrantes».

Por su parte, Red Acoge ha tachado de «vergonzoso e inadmisible» el fallo. «La culpabilización de las personas que intentaron cruzar la frontera por no utilizar los procedimientos oficiales de entrada, como se argumenta en el fallo, evidencia un desconocimiento inaceptable de los derechos de las personas que huyen de sus países en busca de protección internacional, por parte de un Tribunal que debería protegerlos», han señalado a Europa Press desde esta ONG.

Así, ha reiterado al actual Gobierno «su obligación de cumplir con el principio de no devolución, independientemente de la vía de entrada en el país».

Por último, la presidenta de Women’s Link Worldwide, Viviana Waisman, ha dicho que es «una sentencia terrible, que sienta un precedente nefasto para otros países europeos». «Esta sentencia va a permitir devolver a un tercer país a presuntas víctimas de trata y a mujeres solicitantes de asilo, sin que tengan la oportunidad de ser identificadas o de solicitar protección», ha remarcado.

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E.B.

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