Tras reunirse con distintas autoridades españolas y con asociaciones de víctimas del franquismo, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzosas de Naciones Unidas ha recomendado a España que realice un plan nacional de búsqueda de desaparecidos durante el mando del Caudillo.
El objetivo de su visita era examinar las principales iniciativas y políticas emprendidas por el Estado sobre cuestiones relativas a las desapariciones forzadas o involuntarias, en particular los aspectos concernientes a la justicia, la verdad, la reparación y la memoria para las víctimas de los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y la dictadura, según informa Europa Press.
En el informe preliminar aprobado por los dos miembros de este grupo de trabajo, Jasminka Dzumhur y Ariel Dulitzky, se constata que en España no se tiene en cuenta «el carácter de delito de lesa humanidad» en el caso de las desapariciones cometidas durante la Guerra Civil y la dictadura. «Esta interpretación es contraria a las obligaciones internacionales de España y se recomienda su modificación», reza el texto.
En concreto, demandan al Estado crear un «plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas» que garantice la coordinación de las actividades de exhumación e identificación y actualización de los Mapas de fosas desarrollados de acuerdo a Ley de Memoria Histórica. Recomiendan, asimismo, que responsables de la administración y la Justicia «se personen en el momento de las realizaciones de las exhumaciones y luego analicen y actúen sobre los resultados que las mismas arrojan».
«El Estado Español debería asumir el liderazgo y comprometerse de manera más activa y urgente para atender la demanda de miles de familiares que buscan conocer la suerte o el paradero de sus seres queridos desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura. Todas las iniciativas relativas a la búsqueda de desaparecidos tienen que ser parte de una política de Estado comprensiva, coherente, permanente, cooperativa y colaborativa», dice el informe preliminar.
De ese modo, instan «al Estado español a juzgar las desapariciones forzadas a la luz de sus obligaciones internacionales y a establecer legislativamente la imprescriptibilidad de las desapariciones forzadas o la determinación de que la prescripción solo puede comenzar a computarse a partir del cese de la desaparición forzada».
En paralelo, solicitan la puesta en marcha de medidas legislativas y judiciales, para asegurar que las desapariciones forzadas «no sean crímenes sujetos a amnistía, en particular privando de todo efecto la Ley de Amnistía de 1977», como, según recalcan, ya han recomendado distintos organismos internacionales, y que supone un obstáculo para juzgar los crímenes del franquismo.
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