Castro pregunta a Hacienda si los duques de Palma tienen bienes en el extranjero

Caso Nóos

Castro pregunta a Hacienda si los duques de Palma tienen bienes en el extranjero

Infanta Cristina

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha solicitado a la Agencia Tributaria que informe si tanto la Infanta Cristina como su marido, Iñaki Urdangarin, han informado a Hacienda si disponen de cuentas, valores, rentas o bienes en el extranjero. También deben hacerlo el socio del duque de Palma, Diego Torres, la mujer de éste, Ana María Tejeiro, y el secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga.

En una providencia el magistrado admite la petición cursada por Manos Limpias y reclama a Hacienda que indique si, como consecuencia de la obligatoriedad de presentar el denominado modelo 720 para quienes tengan bienes y derechos en el extranjero, tanto la Infanta como los anteriores imputados han procedido durante esas fechas a identificarlos ante el fisco, recoge Europa Press.

Castro también ha solicitado esta diligencia en el caso de los excontables del Instituto Nóos Miguel y Antonio Tejeiro, a fin de conocer si, tanto como personas físicas como por mediación de alguna de sus mercantiles, han efectuado esta declaración informativa, que se aplica a los contribuyentes con cuentas, valores o bienes en el extranjero a 31 de diciembre de 2012, con sanciones de hasta el 150% del valor del bien no declarado.

Según esta obligación fiscal, quienes posean cualquier tipo de bien o derecho situado fuera de España debían presentar, hasta el pasado 30 de abril, el modelo 720 de la ‘Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero’, con la limitación de que el valor del bien en concreto superase los 50.000 euros.

Así, debían ser declarados todas las cuentas situadas en entidades financieras, como todo tipo de bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles, así como valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.

Esta declaración informativa busca estrechar el cerco sobre los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero sin declarar. De esta forma, si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial en el IRPF, con lo que tributará al tipo marginal en cuestión, que puede llegar al 52%.

Además, aunque esta cuenta se hubiera abierto en el año 2000 y, por tanto, el fraude fiscal se hubiera cometido en un ejercicio fiscal ya prescrito, no se considerará como tal y se girará la declaración y la sanción correspondiente al último periodo impositivo que no haya prescrito.

Más información