La Junta Electoral Central ha avalado la concentración que los ‘indignados’ han convocado para esta tarde en la madrileña Puerta del Sol en el primer día de campaña a las elecciones. Este organismo ha asegurado que en estos lugares públicos, reservados para los mítines, se pueden celebrar manifestaciones o protestas “en días y horas distintos de los que han sido asignados a las formaciones políticas”.
La nueva acción de los ‘indignados’, coincidiendo con el inicio de la recta final a la cita en las urnas, ha logrado el beneplácito de la Junta Electoral Central. Según Europa Press, este organismo ha señalado que, a pesar de que su homóloga de Madrid había declarado la Puerta del Sol como una de las plazas públicas reservadas para actos políticos, el 15-M puede volver a ‘tomar’ el escenario que le vio nacer.
Eso si, como condición, la Junta Electoral Central señala que este tipo de actos sólo se podrán realizar siempre y cuando tengan lugar “en días y horas distintos de los que han sido asignados a las formaciones políticas concurrentes a las elecciones”.
No obstante, la división no se ha hecho esperar, y la Junta Provincial, la encargada de otorgar los permisos para dichas concentraciones, ha negado, una vez más, que se puedan celebrar actos ajenos a los de los partidos políticos en este periodo. Según un portavoz de la Junta Provincial, hay que reservar esas plazas destinadas a actos de campaña, que el Ayuntamiento ha elevado de 65 a 110 y entre las que ha inclido por primera vez desde 2008 la Puerta del Sol, para los políticos que entre el 4 y 19 de noviembre quieran celebrar un mitin en el último momento.
Para mantener esta postura contra las manifestaciones del 15-M, el órgano Provincial se ampara en una consulta realizada a la Junta Electoral Central el 13 de mayo de 1991. Ese día se le preguntó si las oficinas electorales podían seguir atribuyendo locales y lugares públicos para actos políticos fuera del plazo de petición legal establecido, algo a lo que la Junta Central contestó afirmativamente siempre que existiesen “espacios o locales vacantes o sin atribuir a favor de las demás entidades políticas solicitantes”.