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El Supremo, en contra de criminalizar los contactos con ETA

El Tribunal Supremo ha hecho público hoy el contenido íntegro de la sentencia en la que acuerda el sobreseimiento de la causa por desobediencia contra Patxi López y Juan José Ibarretxe, entre otros, por reunirse con la ilegalizada Batasuna. En el texto, el Alto Tribunal señala que no se pueden criminalizar “las posiciones de diálogo para la búsqueda de la mejor opción de gobierno que garantice la ordenada convivencia social”.

En este sentido, el Supremo considera que los hechos imputados a los dirigentes vascos no son delito porque para ello hubiera sido necesaria “una orden expresa susceptible de ser desobedecida”, y en este caso no existía. El tribunal recuerda además que en febrero de 2007 ya archivó una querella de Manos Limpias contra el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por propiciar el diálogo entre Gobierno y ETA.

Los magistrados Juan Saavedra, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Alberto Jorge Barreiro, no obstante, admitieron previamente a trámite el recurso de las asociaciones Foro de Ermua y Dignidad y Justicia contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco alegando que tenían legitimidad para solicitar la apertura del juicio oral sin necesidad de que la Fiscalía tuviera que acusar.

Es decir, aplica a este caso la llamada ‘doctrina Atutxa’, que considera suficiente legitimada la acusación popular, aunque no exista la del fiscal, al tratarse de un delito que no implica la existencia de un perjudicado directo. El Supremo aplicó esta doctrina en enero 2008 para condenar a Juan María Atutxa, entre otros, por un delito de desobediencia por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, considerado sucesor de Batasuna.

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E.B.

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