El Gobierno aprueba la ley que intenta acabar con las macrocausas judiciales

Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba la ley que intenta acabar con las macrocausas judiciales

Rafael Catalá, ministro de Justicia

La reforma de de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece plazos máximos para la instrucción y los imputados pasan a llamarse investigados. El Gobierno ha aprobado hoy la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una modificación que según explicó la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría, supone un “paso importante para actualizar norma de 1881 que ha tenido un sinfín de modificaciones a la largo de este siglo y pico de vigencia”.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá explicó que la reforma avanza en tres caminos: agilización de la justicia penal, fortalecimiento de las garantías procesales y por último “seguir trabajando por la regeneración democrática y la lucha contra la corrupción.”

Para agilizar la justicia penal, siempre según el ministro, la ley incorpora la fijación plazos máximos para la instrucción y Catalá explica que para instrucción sencilla se fija un plazo máximo de 6 meses y para una instrucción compleja de 18 meses.

Además, tal y como informó el titula de Justicia, con la reforma “a ley modifica la regla de la conexidad, algo que según Catalá “nos estaba llevando a las macrocausas que generan instrucciones larguísimas” y que daban “cierta percepción de impunidad”. Dice el ministro que con ello “cada delito generará una causa, y cada causa generará una sentencia”.

Además, con la reforma se suprime la denominación de imputado, ya que, tal y como explicó el ministro, “se identifica la imputación con una presunta culpabilidad”, una denominación que se sustituirá por la de “investigado”, «encausado» y “condenado” según la fase procesal. Explicando Catalá que con la reforma a los que ahora se les denomina imputados en la fase de instrucción se denominarán investigados y en el caso de que se abra juicio oral se les llamará encausados. En ultima instancia, y tras la sentencia, y si hay condena, se les denominará condenados.

Asimismo, con la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se regula “muy exhaustivamente la figura del decomisocon el bojetivo de aprehender con mayores garantías los bienes del que ha sido condenado y “para recuperar lo defraudado como consecuencia de los delitos”, tal y como destacó la vicepresidenta del Gobierno.

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