En el segundo mayor concurso de acreedores de la historia empresarial española, no todo son lamentos. En lugar de eso, algunos se prometen una buena parcela de negocio con la quiebra de Reyal Urbis. Los bufetes de abogados especializados en crisis corporativas se han lanzado ya a la búsqueda de clientes entre los afectados.
Los despachos más duchos en la materia han salido -para mayor beneficio propio- al ‘rescate’ de los clientes de Reyal Urbis en medio de la incertidumbre que, a menudo, acompaña a la llegada de situaciones de insolvencia. Más si cabe cuando se trata de una tan sonada como la de la inmobiliaria madrileña, por su visibilidad como cotizada en Bolsa y por el volumen de negocio amasado por una compañía que ha terminado por convertirse en un nuevo abanderado del pinchazo de la burbuja inmobiliaria en España.
Y es que, no hay tiempo que perder. Pues, desde que la declaración del concurso se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los acreedores de la compañía tendrán un máximo de 30 días para comunicar su situación al administrador concursal. Un procedimiento al que, advierten los letrados, también deben acudir los compradores de viviendas de Reyal Urbis, si bien su situación variará en función de si las casas estaban ya construidas o no antes de la declaración de insolvencia y de los tiempos previstos para su entrega por la propia inmobiliaria.
De llegar a tiempo dependerá en gran medida que ocupen el puesto que les correspondería en el plan ordenado de cobros que diseñe la administración concursal. Si la comunicación llega tarde, la entrega de su vivienda a los afectados puede llegar a considerarse incluso una obligación subordinada a otros compromisos por parte de la compañía. Es así que desde uno de los despachos más reputados en cuestión de crisis empresariales animan a “que los afectados se personen en los procedimientos”, para lo que aconsejan que “es también importante recibir asesoramiento para poder hacer valer sus derechos”.
Fuentes del sector alertan de la importancia de determinar “el tipo de acreedor y, por tanto, la reclamación correcta que corresponda hacer”, para lo que no se descarta que hubiese que recurrir a un “pequeño procedimiento [judicial] para aclarar quién tiene razón”. Un proceso ya de sobra conocido por los letrados que han representado a los afectados por quiebras tan sonadas como la de la Nueva Rumasa de la familia Ruiz-Mateos o las de las también inmobiliarias Llanera, la primera de su sector en quebrar allá por 2007, y Martinsa-Fadesa, triste protagonista del mayor concurso de acreedores del mercado nacional.
Mientras los acreedores -propietarios de viviendas, proveedores y entidades financieras- se preparan para reclamar su parte del pastel en Reyal, los inversores siguen atentos el proceso esperanzados de que la compañía salve la quiebra definitiva y sus acciones vuelvan a cotizar algún día, bien sea con fuertes descuentos sobre su ya débil precio de mercado: 0,124 euros. Los títulos de la inmobiliaria están apartados de negociación desde el pasado día 19 de febrero, cuando se notificó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la falta de acuerdo entre la compañía y sus bancos prestamistas dentro de los plazos marcados en el preconcurso.
El juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, del que depende el proceso concursal de Reyal Urbis, cuantificó a principios de semana en 1.724 millones de euros el agujero patrimonial de la cotizada: deudas por 4.345,43 millones de euros frente a unos activos valorados en solo 2.621,38 millones de euros. Ahora depende de la CNMV la designación del administrador concursal para la compañía.
Por su parte, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), ha sido designada como administradora de acreedores debido al elevado volumen de créditos impagados que son titularidad de distintos órganos de la Administración del Estado, a la persona designada por este organismo tendrán que acudir los afectados que ahora se disputan como clientes los abogados mercantiles.