La vista oral del ‘caso mascarillas’ tendrá lugar en la Audiencia Provincial de Madrid. En el mismo se sentarán en el banquillo Medina, al que la Fiscalía pide 9 años de cárcel, y Alberto Luceño, para el que se solicitan 15 años. Al primero se le imputan los delitos de estafa agravada y continuada de falsedad en documento mercantil cometido por particular, mientras que al segundo se le atribuyen los mismos más uno contra la Hacienda Pública.
Fuentes de la defensa de Medina explicaron a Servimedia que no buscará un acuerdo de conformidad ni llegará a un acuerdo con la Fiscalía antes de que comience el juicio, tampoco está en la estrategia presentar cuestiones previas, aunque no se descarta que la defensa del otro acusado, Alberto Luceño sí lo vaya a hacer.
Las mismas fuentes indicaron que Medina no discutirá «los hechos», porque lo que dice la Fiscalía en su escrito de acusación con respecto a la compraventa y las comisiones «es cierto». No obstante, discuten que sea un delito de estafa.
El escrito de defensa presentado por el defensor de Medina de cara a la apertura del juicio oral relata cómo los imputados llegaron a facilitar mascarillas al Consistorio de la capital. Así, se indica que en marzo de 2020, en una situación de “extrema necesidad”, el aristócrata “obtuvo y facilitó» a Luceño los contactos para la operación de venta de mascarillas.
Trasladó a Luceño «que mantenía relaciones comerciales con fabricantes chinos, el contacto con los responsables del Ayuntamiento de Madrid encargados de adquirir aquel material para el personal municipal y, en concreto, el de Dña. Elena Collado Martínez, Coordinadora General de Presupuestos y Recursos Humanos del Área de Gobierno de Hacienda y Personal del Ayuntamiento de Madrid».
Apunta, además, que Medina no participó en las negociaciones relativas a la compra de los materiales a la empresa radicada en Malasia Leno, cuyo director mercantil y enlace entre la empresa, Luceño y el Ayuntamiento, San Chin Choon, acudirá como testigo al juicio compareciendo por videollamada.
Por otra parte, el escrito argumenta que los contratos de la compra de materiales se ajustaron a la normativa vigente en aquel momento por la situación de emergencia sanitaria y que fueron “aprobados por unanimidad por el Consejo de Administración de la Empresa de Servicios Funerarios”.
Con respecto a las comisiones, la defensa no niega que se cobraran y que fueran “elevadas», pero esgrime que ni Medina ni Luceño tenían “obligación” de informar sobre las comisiones que iban a cobrar. En concreto, el escrito reza que “no existía ni existe la obligación por parte del proveedor o de sus intermediarios de informar al comprador sobre las comisiones por intermediación o sobre cualquier otro coste, incluido el de fabricación del producto. Ni lo exige la normativa, ya sea de contratación pública, ya de contratación privada, ni constituye práctica mercantil, ya sea nacional, ya comunitaria, ya internacional”.
Añade además que los responsables de la contratación en el Ayuntamiento “en ningún momento se interesaron por conocer la existencia del importe de las comisiones” y que «el precio de venta ofrecido» por la empresa LENO les pareció «adecuado en función de la situación y de las circunstancias del mercado».
En esa línea, las fuentes mencionadas afirmaron a Servimedia que el «el precio lo puso el Ayuntamiento» porque trasladó a Luceño «lo que estaba dispuesto a pagar» por el material. Asimismo, atribuyeron los precios a un mercado «roto» por la emergencia y ejemplificaron lo sucedido durante la oferta expresando que «este es el precio, lo tomas o lo dejas».
Sin embargo, el escrito de acusación de la Fiscalía apunta que además de mantener ocultas las comisiones convencieron al comprador de que «actuaban movidos por razones altruistas sin obtener ningún beneficio de la operación».
Según la defensa, Medina cobró las comisiones a través de una cuenta creada en una oficina de Deustche Bank en la calle Génova, a cuya directora entregó «diversa documentación, que le había facilitado Luceño, para justificar el origen de los fondos».
Dicha documentación hace referencia a la procedencia del millón de dólares que le abonó LENO por su participación en la venta. La Fiscalía a su vez hace referencia a que al menos tres de los documentos no eran auténticos y fueron «elaborados» por Luceño.
En relación con el posible perjuicio causado a las cuentas municipales recuerdan que la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas mediante un Auto instado por Podemos no apreció «alcance en los fondos del Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de los contratos de adquisición de material».
En el ámbito del Tribunal de Cuentas, el escrito también hace referencia al informe de fiscalización de los contratos de emergencia tramitados por municipios de más de 300.000 habitantes para hacer frente a la pandemia. Dicho informe asegura que los órganos de contratación deberían solicitar y obtener ofertas de diferentes licitadores, «salvo en los supuestos en que la emergencia fuera tal que la finalidad del contrato pudiera verse comprometida».
Por todo ello, defienden que los hechos sometidos a enjuiciamiento no son constitutivos de delito. Para las sesiones del juicio que se prolongarán hasta finales de mes están citados cargos directivos de la administración municipal en aquel momento como la que fuera coordinadora general de Alcaldía, Matilde García Duarte, además del pariente del alcalde de Madrid que facilitó a Medina el acceso al Ayuntamiento, Carlos Martínez-Almeida.
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