El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dictado una providencia en la que comunica a los directores de los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares que “no existe razón procesal que conduzca a la custodia de los procesados en ningún centro penitenciario concreto”. Según señala el magistrado, la decisión al respecto está “sujeta a los criterios penitenciarios que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias considere de aplicación”.
Llarena, según una nota del Poder Judicial, responde a los escritos presentados por Instituciones Penitenciarias en los que le preguntaban sobre la existencia o no de algún tipo de inconveniente para proceder al traslado de los presos Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa, tal y como habían solicitado ellos mismos por razones de vinculación familiar.
La providencia ha sido notificada por fax a los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares donde están ingresados en prisión provisional los cuatro procesados.
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