Gas
Si no se hubiera aplicado la rebaja del IVA, la TUR media ponderada de gas natural hubiera crecido un 5,88% en la revisión trimestral del 1 de octubre.
En concreto, para un cliente medio TUR 1, con un consumo inferior o igual a 5.000 kilovatios hora (kWh) anuales, supone un descenso del 10,02% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 3,69%.
Por su parte, para un cliente TUR 2, con un consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual 15.000 kWh/año, representa una caída del 7,74% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 6,32%.
Para un cliente TUR 3, con un consumo superior a 15.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año, supone un descenso del 6,61% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 7,62%.
El Ministerio destaca que desde la entrada en vigor del RD Ley 17/2021 en octubre de 2021 se ha atenuado el impacto de los elevados precios del gas natural sobre los consumidores, con un ahorro para un cliente medio TUR 1 de 102 euros al año, de 308 euros al año para la TUR 2 y de 772 euros al año para uno de la TUR 3, con respecto al impacto de no haberse adoptado las medidas.
La TUR es una tarifa a la que puede acogerse cualquier consumidor conectado a redes de gas natural con presión inferior o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior o igual a los 50.000 kWh. Su valor se hace público en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en aplicación de la normativa vigente, mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
La tarifa regulada de gas natural se revisa trimestralmente el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, produciéndose su actualización siempre que el coste de la materia prima incluido en dicha tarifa, experimente una variación al alza o a la baja superior al 2% respecto al coste de la materia prima de la tarifa en vigor o en cualquier caso cuando entren en vigor nuevos peajes o cánones.
No obstante, como resultado de la aprobación del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, y de otras normas posteriores, el incremento del coste de la materia prima incluido en la TUR está limitado al 15% hasta la revisión del 1 de enero de 2023.
La diferencia entre el coste de la materia prima calculado conforme la metodología de revisión de la TUR y el coste de la materia prima limitado temporalmente se recuperará en las sucesivas revisiones de la TUR, siempre que el incremento del coste de la materia prima sea inferior al 15%; para ello, se procederá a incrementar este valor hasta el límite máximo del 15%.
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