Comunidad de Madrid

La pareja de Ayuso reconoce haber ofrecido un pacto a la Fiscalía

Así se recoge en la querella que ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, y el fiscal Julián Salto por la nota informativa difundida por un canal oficial en el que la Fiscalía de Madrid informaba sobre el cruce de correos entre su abogado y el fiscal relativos a la investigación por un presunto fraude fiscal.

En la querella, se expone en primer lugar que el abogado de Alberto intervino en las actuaciones de inspección, “conocedor de la propuesta de liquidación” y sobre todo de las especiales circunstancias de su cliente “por la relación sentimental que mantiene y su potencial efecto deformador de las garantías procesales”.

Relata que su abogado el pasado 2 de febrero se puso en contacto mediante correo electrónico con el Ministerio Fiscal para “canalizar y alcanzar” en la forma prevista en la legislación penal y de la forma más pronta posible, “la figura análoga a las actas de conformidad ya alcanzadas en sede tributaria, esto es la conformidad penal”.

Según recoge la querella, publica Europa Press, el fiscal Julián Salto contestó el 12 de febrero a través de un correo que tomaba “nota de la voluntad de alcanzar la conformidad, quedando en seguir en contacto para avanzar en las negociaciones”.

En las diligencias, la defensa solicita que declaren como investigados los querellados y requiere a la Fiscalía de Madrid que indique quién o quienes redactaron la citada nota informativa y quién o quienes fueron las personas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado, así como el máximo responsable que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado.

Si tuviera otra pareja “jamás” se habrían revelado sus datos

Alberto González denuncia en otro apartado que “nadie duda” de que si tuviera “una relación sentimental con una persona distinta o no tuviera ninguna, el mismo jamás habría padecido” una serie de hechos como son en primer lugar “el que se revelara y se hiciera pública la existencia, el contenido íntegro y el soporte de una denuncia de la Fiscalía, antes de que ningún proceso penal se dirigiera a él de ninguna forma”.

Otro de los extremos es que se “revelara y se hiciera pública la existencia y el contenido de las actuaciones tributarias íntegras y adjuntas en CD a la denuncia revelada y hecha pública”, así como que se revelara y se hiciera pública la existencia y la cronología de las comunicaciones secretas para terceros ajenos a los intervinientes en las mismas.

También critica que se desvelara “el contenido de esas comunicaciones secretas, incluidas manifestaciones efectuadas en nombre del tercero representado y defendido no interviniente en las mismas, en las que se ponía abiertamente de manifiesto el posicionamiento con respecto a las pretensiones acusatorias en el marco de una negociación de una conformidad penal”.

“Mediante las anteriores acciones protagonizadas por los representantes del Ministerio Fiscal que con ocasión de su cargo tuvieron acceso a los soportes, datos, información y comunicaciones, se ha producido la revelación publica de absolutamente toda la intimidad (secreto) e información tributaria, procesal y de defensa asociada a Alberto González Amador”, recoge la querella.

Recalca que “el secreto, confidencialidad y reserva frente a cualquier tercero específicamente referida a las comunicaciones entre los representantes del Ministerio Fiscal y los Abogados con ocasión de las conformidades penales está fijada como principio del Protocolo de actuación para juicios de conformidad suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía Española”.

Secreto de las comunicaciones y la confidencialidad

Así, continúa la citada agencia, señala que “a través de las revelaciones públicas protagonizadas por los querellados rompiendo el secreto de las comunicaciones y la confidencialidad de la negociación, no sólo se ha puesto abiertamente de manifiesto la mayor o menor fortaleza de las posiciones de la acusación y la defensa ante cualquier potencial Juez llamado al enjuiciamiento, sino que se ha pretendido extenderlo a cualquier ciudadano, sacrificando para ello el Ministerio Fiscal su deber de secreto”.

Denuncia que de este modo ha convertido “en imposible cualquier proceso justo al haber extraído de raíz los elementos esenciales que hacen que el mismo no pueda darse con todas las garantías, y ello de forma irremediable”.

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E.B.

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