Esta multa sustituía a una sanción previa de 2016 que Bruselas interpuso a la entidad británica, así como a Crédit Agricole y a JPMorgan por formar un cartel para incluir en los precios de productos derivados de tipos de interés de referencia. La sanción conjunta ascendía a 485 millones, pero el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) anuló la de HSBC en 2019.
El tribunal con sede en Luxemburgo entendió entonces que el Ejecutivo comunitario había demostrado la participación de HSBC en una práctica contraria a las reglas europeas de Competencia, pero también concluyó que la motivación de la multa era «insuficiente».
Tras la anulación, la Comisión actualizó su razonamiento legal en 2021 e impuso una multa conjunta de 31,7 millones a HSBC Holdings, HSBC Bank y HSBC Francia (ahora llamada HSBC Continental Europe), que es la que este miércoles confirma la sentencia del Tribunal General al desestimar el recurso de la entidad bancaria.
Así, el Tribunal ha rechazado todas las alegaciones de HSBC que pretenden la anulación de la decisión de la Comisión Europea, así como su pretensión de reducir el importe de la multa, incluido su argumento de que la sanción se impuso fuera de plazo.
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