En su acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Junta Electoral Provincial expone que resolver de otro modo este asunto “comprometería garantías constitucionales” como el principio de legalidad y de seguridad jurídica, así como supondría un “quebranto” del ya mencionado derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.
La decisión de la Junta Electoral Provincial de Granada, que se ha reunido este lunes para abordar el asunto, se produce en respuesta a la petición de Andaluces Levantaos de que se anulara la candidatura de Olona por “no cumplir el requisito de vecindad” en Andalucía y por su supuesto “empadronamiento ficticio” en el municipio granadino de Salobreña.