«Se deniega la suspensión solicitada del acto de declaración por cuanto el querellado y su procuradora cuentan con copia integra de la causa, disponiendo el letrado por tanto de copia de las actuaciones y de tiempo suficiente para su estudio y asistencia letrada para el acto de declaración del investigado», señala la jueza instructora en una providencia emitida este pasado martes y recogida por Europa Press.
La querella de la que derivan las diligencias fue formalizada en octubre de 2022 y tuvo su origen en comentarios en las redes sociales vertidos por Vito Quiles, en los que, supuestamente, acusaba al líder de Facua, Rubén Sánchez, de «extorsiones y estafas», así como el hecho de «deslizar la existencia de ‘relaciones’ entre Facua y supuestas tramas de menores abusadas y tuteladas en la Comunidad Valenciana y en Baleares», según el secretario de la organización de consumidores.
La juez María José Moreno, titular del Juzgado de Instrucción número 18, ordenó meses atrás la averiguación del paradero de Vito Quiles como querellado, después de que no hubiese podido ser citado en el domicilio designado en la causa ni en ninguno de los que constan en la consulta integral de domicilio del Punto Neutro Judicial, mientras que tampoco se había podido contactar telefónicamente con el mismo.
Finalmente, el pasado 13 de junio Vito Quiles acudía al juzgado para designar abogado y procurador, informar de su domicilio y ponerse a disposición de la juez instructora.
Posteriormente, la juez ordenaba librar testimonio a la Fiscalía del Tribunal Supremo, para que examine una serie de contenidos difundidos por el líder de dicha formación y europarlamentario, Luis «Alvise» Pérez, que podrían suponer «amenazas y represión a la función jurisdiccional» con relación a la magistrada titular de dicha instancia judicial.
En tales contenidos, «Alvise» Pérez atribuye a la propia magistrada «una orden criminal inaceptable», al haber aludido por error en un auto a una orden de detención contra Vito Quiles en la mencionada causa por presuntas injurias y calumnias, extremo corregido con el requerimiento de averiguar su paradero.
En los citados contenidos difundidos, Pérez habría manifestado que en caso de no ser rectificada la resolución judicial, aludiendo expresamente a la titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla, publicaría «cosas sobre la definición del término soborno».
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