Telefónica
En un comunicado, la CNMC señala que esta resolución forma parte de la labor de vigilancia que realiza para verificar que Telefónica cumple con los compromisos ofrecidos para la aprobación de la toma del control exclusivo de DTS (la antigua Sogecable). Las obligaciones asumidas por Telefónica tienen por objetivo preservar la competencia en los mercados afectados por la operación de concentración.
En abril de 2015, la CNMC autorizó la operación de concentración, condicionada a que Telefónica cumpliera una serie de compromisos, prorrogados por un periodo adicional de tres años. Entre dichas obligaciones para Telefónica está la remisión de información en los términos recogidos en la resolución de hace siete años.
La incoación del expediente sancionador se produce porque la CNMC, en julio de 2021, declaró la existencia de indicios de incumplimiento de dicha obligación de remisión de información. En este caso se trataba de información fundamental para verificar el cumplimiento del compromiso que garantiza la replicabilidad efectiva por parte de terceros operadores de televisión de pago de las ofertas minoristas que incluyen los canales premium de Telefónica objeto de la oferta mayorista.
“La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC”, añade el organismo.
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