De acuerdo con la información avanzada por el diario económico ‘Expansión’ y confirmada por Europa Press, la Junta Directiva de la CEOE ha acordado este miércoles recurrir ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo el Real Decreto 608/2023 que desarrolla esta obligación.
«El reglamento va más allá de la norma que desarrolla en esa materia», han explicado fuentes de la patronal a Europa Press. Este Real Decreto forma parte del régimen especial de ayudas (los nuevos ERTE) que el Gobierno aprobó el pasado julio y, a través del cual, los empresarios afectados por crisis inesperadas, como la pandemia o la guerra de Ucrania, podrán paralizar su actividad.
La norma establece que las empresas tendrán que avisar con seis meses de antelación, desde la fecha de inicio del diálogo con los actores sociales, a la Dirección General de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y a los sindicatos si planean cerrar definitivamente uno o varios centros de trabajo y ello supone el despido de 50 trabajadores o más.
La única excepción contemplada para incumplir el plazo de seis meses de aviso es en el caso de que el despido sea «precipitado e imprevisto», pero se deberá aportar una razón de peso que lo justifique.
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