En un auto de fecha 31 de enero, dicha instancia ordena tal citación y además decreta el precinto de los pozos en cuestión, así como «la retirada de las bombas y demás equipos instalados en esos pozos que tengan como fin la extracción de aguas de la Cuenca del Guadalquivir, autorizándose el uso proporcionado de la fuerza si fuera necesario para ello, y quedando apercibida la parte investigada en estas actuaciones, con la mera notificación de esta resolución a través de su representación procesal, de la posible comisión de un delito de desobediencia a la autoridad judicial en caso de quebrantar ese precinto o continuar con el uso de esos pozos no autorizados».
Y es que según el juzgado, «los hechos investigados serían constitutivos de un posible delito contra el medio ambiente en relación con la existencia de ocho pozos no autorizados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la finca Aljobar en el término municipal de Aznalcázar y propiedad de la sociedad Eurotecnia Agraria, que han sido objeto de precinto en fechas recientes por la autoridad administrativa al volver a ser usados sin haber sido legalizados ni estar dotados de los preceptivos contadores volumétrico».
En octubre de 2023, la empresa reaccionaba a esta investigación incoada por el Juzgado número uno de Sanlúcar la Mayor por una denuncia de la Fiscalía contra la entidad y contra Eugenia Martínez de Irujo como presidenta de la misma según el Ministerio Público, por los citados ocho pozos supuestamente ilegales en la finca Aljóbar; desligando a la aristócrata Eugenia Martinez de Irujo de la gestión de la entidad y asegurando que la extracción de agua «en ningún momento ha superado el volumen máximo aprobado por la CHG».
En un comunicado, Eurotecnia Agraria aseguraba que Luis Martínez de Irujo «es el miembro del consejo responsable de la gestión de la finca Aljóbar», defendiendo que Eugenia Martinez de Irujo «no ha participado nunca en la gestión de la explotación» agrícola de naranjos de dicha finca.
El juzgado, de su lado, detecta posibles «indicios de daño sustancial al medio ambiente con esas captaciones de agua no autorizadas, con impacto colateral en el Parque Nacional de Doñana y, en consecuencia, a su avifauna, y exponiéndose en la pericial que una sobrexplotación del acuífero puede causar daños ambientales como el propio descenso de su nivel piezométrico o un deterioro en la calidad de sus aguas, al movilizar aguas del subsuelo o en la compactación del suelo y la salinidad de sus aguas».
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