Hoy en el Congreso

ERC y Bildu enmiendan la reforma del ‘solo sí es sí’ y plantean que la violencia sea agravante

La enmienda al artículo 178 trata de modificar la definición de consentimiento proponiendo que “no se deducirá que hay consentimiento por la ausencia de resistencia física o el silencio de la víctima, ni por su conducta sexual previa”. Esta propuesta se realiza con el objetivo de que el consentimiento “tenga más incidencia en el aspecto probatorio que determina la impunidad de muchos procedimientos”. Ambos grupos consideran que el redactado actual de la reforma propuesta por el PSOE “sigue cargando el peso en la actuación negativa de la mujer”.

Con esta propuesta el artículo 178 de la ley quedaría de la siguiente manera: “Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona. No se deducirá que hay consentimiento por la ausencia de resistencia física o el silencio de la víctima, ni por su conducta sexual previa”.

Los grupos justifican su apuesta para mantener el texto de la actual ley del ‘solo sí es sí’ porque “la reincorporación de los medios comisivos ‘violencia e intimidación’ como centrales en el tipo penal de agresión sexual, agregando el elemento de anulación de la voluntad de la víctima, desplaza el consentimiento como el elemento definidor entre una relación sexual consentida y una agresión sexual”.

ERC y EH Bildu quieren eliminar este apartado de la reforma del PSOE en el que se propone volver parcialmente al Código Penal anterior porque ello “supone negar que la violación (art 179), ya es ‘per sé’ una forma de violencia, y afirmar que hay violaciones no violentas”. Por ello proponen “mantener el redactado del texto actualmente vigente”.

Para ambos grupos, la violencia o la intimidación sirven para agravar la pena a una horquilla de entre siete y quince años. También quieren esta horquilla de penas para agravantes como que el agresor se valga “de su condición de persona allegada a la víctima o de una situación de convivencia o parentesco o una relación de superioridad con respecto a la víctima” para ejercer el delito.

Asimismo, también se incluye como agravante que la persona que ejecuta el delito lo haga valiéndose “de su condición de funcionario público, de personal público o de agente de cualquier organismo o institución pública”. También se agrava el delito “cuando la persona responsable de la agresión u otra persona lo haya registrado mediante dispositivos electrónicos”.

En el documento también se incorpora, según la citada agencia, la propuesta de un nuevo punto en el artículo 10, que trata sobre ‘Medidas de prevención en el ámbito digital y de la comunicación’, con el fin de “prevenir las violencias sexuales en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación”».

El nuevo punto contempla la creación de un “sistema de alertas” para detectar datos e informaciones falsas. Esta medida se realiza con el fin de “hacer frente a datos e informaciones falsas que atentan contra la concienciación a favor de la igualdad y que están siendo objeto de creciente difusión”.

En este aspecto también se propone que “los medios de comunicación, tanto los públicos como los privados, velen por la protección del derecho a la intimidad y el honor de las víctimas y de sus familias, evitando en todo momento proporcionar detalles morbosos de las agresiones”. Esta enmienda se presenta “como medida de contención al ánimo lucrativo y morboso de los medios”.

Centros penitenciarios y educativos

Las enmiendas también proponen “impulsar intervenciones educativas en los centros penitenciarios” con el fin de “poner más medios para mejorar la investigaciones que se están realizando actualmente para conocer la efectividad de las intervenciones educativas con personas condenadas por delitos contra la libertad sexual”.

También se incluye el ámbito educativo con el fin de mantener “la integridad de la relación profesorado-alumnado” y asegurar que “el personal académico no pueda supervisar, evaluar o tutorizar al estudiante con quién mantenga una relación romántica o sexual”. Esta medida se propone “con el fin de evitar potenciales abusos de poder y conflictos de interés”.

Por último, ambos grupos proponen añadir un nuevo artículo 312 bis para que “todos los jueces y juezas que quieran acceder a cualquier especialidad, así como todos los jueces y juezas que integren una Audiencia Provincial, un Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional, realicen una formación obligatoria en perspectiva de género así como una formación obligatoria sobre violencia contra las mujeres, incluyendo las violencias sexuales”.

Esta propuesta se hace porque, según se explica en el texto, “la formación obligatoria se exige actualmente solamente a los jueces y juezas que quieran acceder a una especialidad”. Desde ERC aseguran que esta medida “amplía, complementa y mejora lo que recoge la ley actualmente”, según han declarado fuentes del grupo parlamentario a Europa Press.

Las enmiendas pertenecen exclusivamente a los grupos ERC y EH Bildu, sin negociarse con Podemos, según aseguran fuentes de ERC a Europa Press que “suponen que Podemos presentarán las suyas”.

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ERC y Bildu enmiendan la reforma del ‘solo sí es sí’ y plantean que la violencia sea agravante

E.B.

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