Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)
El alto tribunal madrileño anula así el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobado el 17 de septiembre de 2019 que establecía una sanción de 2.001 euros contra la citada ‘coach’ por promocionar terapias de curación de la homosexualidad a través de su página web.
En concreto, se le impuso la sanción por vulneración del artículo 70.4. de la Ley contra la LGTBifobia que, en su apartado c), contempla una infracción grave la promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona, independientemente del consentimiento prestado por la persona sometida a tales terapias.
En un auto consultado por Europa Press, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la Administración madrileña incurrió un “fraude de ley” que conlleva “un ejercicio irregular de las potestades administrativas que, tanto el régimen jurídico del periodo de información previa como el régimen jurídico de la caducidad del procedimiento sancionador”.
En este sentido, alega “irregularidades procedimentales” que “han supuesto una efectiva indefensión para la recurrente y una ausencia plena de procedimiento, por lo que son subsumibles en las causas de nulidad de pleno derecho”.
El proceso arrancó en agosto de 2016 a raíz de una denuncia presentada por la asociación Arcópoli ante la presunta comisión de una infracción derivada de la promoción a través de Internet de “terapias de curación de la homosexualidad”.
En concreto, la mujer se definía en su perfil como coach profesional, especializada en orientación sexual, que imparte terapia dirigida a personas con atracción por el mismo sexo (AMS), con una terapia reparativa (sic) para el cambio de orientación sexual para quienes, teniendo orientación homosexual, deseen tener una orientación heterosexual.
La Comunidad de Madrid acordó la sanción tras recibir un informe de la Consejería de Políticas Sociales y la posterior denuncia en 2017 de dos particulares por los mismos hechos. Desde Abogados Cristianos, que recurrió esta decisión, se ha felicitado de esta decisión y ha defendido que “cualquiera debería de tener libertad para acudir a quien considere oportuno para buscar ayuda y no podemos consentir que se impongan sanciones desproporcionadas por ello”. “Es indignante que las multas por homenajear a etarras sean menores que las que se habían impuesto a esta coach”, ha apostillado.
Es la primera reacción de Bruselas al anuncio de Trump este domingo de su intención…
Si bien el pago digital y las transferencias vienen ganando terreno durante los últimos años,…
En este contexto, la compañía polaca ha indicado que aún no ha presentado ninguna oferta…
"No debemos tener duda alguna a la hora de defender nuestros intereses", ha afirmado Barrot…
No obstante, el principal indicador del mercado español se daba la vuelta minutos después del…
El conseller de Agricultura de la Generalitat, Òscar Ordeig, y el presidente del Gremi de…