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El Supremo da carpetazo definitivo a la causa de las preferentes de la CAM

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Adicae contra el auto de la Audiencia Nacional en el que se que acordó el archivo de la venta de preferentes y deuda subordinada por parte de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional archivó en julio de 2018 la investigación en aplicación de la conocida como doctrina ‘Botín’, al no ejercer acusación el Ministerio Fiscal y después de que las acusaciones particulares pidieran el sobreseimiento de la investigación.

Tras esa decisión, quedaba archivada la causa abierta contra los exdirectivos de la caja alicantina Roberto López Abad y Dolores Amorós, que se enfrentaban a diez años de prisión por delito de estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas y multa conjunta de 11 millones de euros.

Casi dos años después de que se presentara el recurso, el Alto Tribunal reitera ahora la resolución, en la que señala que Adicae carece de legitimación activa para mantener la acusación popular. Entre otros argumentos, el Supremo explica que «con respecto a los intereses colectivos y difusos que se demandan es cuestionable que ello sea así, cuando los propios perjudicados que había, –muy numerosos– han retirado la acción penal.

En cualquier caso, el concepto de acción popular tiene especial importancia en la protección de los denominados «intereses colectivos o difusos», pero no puede desgajarse de la idea de si existen perjudicados que niegan serlo y retiran su acción penal.

Los magistrados de la Sala II explican que cuando dicen «intereses colectivos» se refieren a un conjunto de individuos, determinados o fácilmente determinables. Así, lo imprescindible es que sea posible la identificación de todos ellos.

«En este caso se identificaron y renunciaron a la acusación particular cuando ejerce su asociación, al mismo tiempo, la acusación popular», añaden.

De este modo, la situación de retirada de la acusación particular y popular al inicio del juicio y la petición de sobreseimiento de la fiscalía «supone que el abanico de intervención de la acusación popular no sea el que se pretende por el recurrente, y menos defendiendo los intereses que postula que se ha visto que no son tales, y que no pueden sostenerse frente al apartamiento de la acusación particular y popular personada antes».

Para Adicae, las preferentes de la CAM supusieron «agrandar todavía más la impunidad del fraude de las cajas y forma parte de la práctica de eludir el fondo de la cuestión y sólo juzgar delitos menores».

En opinión de la asociación, tal y como recoge el recurso que presentó entonces, «la actuación fraudulenta de los dos máximos dirigentes de la CAM se merece un reproche penal tras una administración caracterizada por la corrupción y la mala gestión».

«Es más que evidente y comprobado que existió premeditación de la caja a la hora de lanzar al mercado las preferentes, destinando las mismas a aquellos consumidores y clientes de forma engañosa, con el ánimo de mejorar la solvencia de la entidad», indicaba.

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E.B.

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