En un auto del pasado 1 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal se declara incompetente para estudiar dichas querellas, dado que su competencia “venía determinada en exclusiva por la condición de aforado del señor Casado, derivada del cargo que ostentaba” como diputado en el Congreso
La Sala Segunda recuerda que Casado abandonó el escaño el pasado 4 de abril, así como que “la inmunidad parlamentaria, como privilegio procesal que es, habrá de ser interpretada y aplicada con carácter taxativo y restrictivo”.
En consecuencia, indica que, “una vez extinguida la razón de atribuir competencia a la Sala Segunda, procede archivar las querellas presentadas, sin perjuicio del derecho que asiste a los querellantes a reproducir su petición ante el órgano correspondiente”.
La Generalitat se querelló contra Casado por presuntos delitos de injurias y calumnias después de que el antiguo líder del PP dijera que en Cataluña los profesores tienen instrucciones de no dejar ir al baño a los niños que hablan en castellano.
“Hay líneas rojas que no se pueden traspasar y si se traspasan encontrarán al Govern de la Generalitat combatiéndolas”, dijo en rueda de prensa la portavoz del Ejecutivo catalán, Patrícia Plaja.
A esa querella se acumularon las formuladas por JxCat y Roser Díaz Puig por presuntos delitos de injurias, calumnias y de incitación al odio por las mismas declaraciones.
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