El Senado autoriza con el voto del PP que el Supremo juzgue a Baltar por un delito contra la seguridad vial

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El Senado autoriza con el voto del PP que el Supremo juzgue a Baltar por un delito contra la seguridad vial

La Cámara aprueba que el senador popular pueda ser juzgado por conducir a 215 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida es de 120.

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El Pleno del Senado ha aprobado, con el aval del PP, la autorización definitiva para que el Tribunal Supremo pueda dirigir un procedimiento penal contra su senador José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52.

En una votación a puerta cerrada, el Senado ha suspendido el aforamiento del parlamentario gallego del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, permitiendo al Tribunal Supremo a activar el procedimiento para juzgarle por este presunto delito.

La Sala de lo Penal adoptó la decisión de pedir al Senado el suplicatorio después de que la magistrada instructora de la causa, Ana Ferrer, elevara una exposición razonada para que se solicitara la autorización a la Cámara alta con el fin de suspender la inmunidad que goza el senador como aforado y proceder penalmente contra él al haber apreciado indicios de delito.

En el marco de la resolución, recogida por Europa Press, el tribunal estimó pertinente suspender por ahora la tramitación de las actuaciones referidas al senador mientras que el Senado resuelva sobre la autorización solicitada, algo que finalmente ha acabado sucediendo este miércoles.

La magistrada instructora estimó proceder contra Baltar al entender que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre el resultado del radar, la cifra alcanzaría los 204 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora, lo que a su juicio encaja en un delito contra la seguridad vial.

Ferrer indicó que, acreditada la condición de senador de Baltar, había llegado el momento en que “la constancia de indicios cualificados” hacía “imprescindible” recabar la autorización del Senado para “avanzar en el camino procesal”.

La juez insistió en que era necesario pedir permiso al Senado para seguir adelante con el procedimiento penal aunque Baltar ya fue sancionado por la vía administrativa por este hecho –con una multa y la pérdida de varios puntos del carné–. Según defendió en su exposición, dicha sanción administrativa no limita al Supremo a proceder por la vía penal.

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