El Gobierno ha decidido mantener la rebaja del IVA de los alimentos básicos “para seguir ayudando a las familias”, por lo que continuará en el 0% en el caso de la leche, el pan, las harinas, las frutas, las verduras, hortalizas, legumbres, cereales, los quesos o los huevos. A ellos se une ahora el aceite de oliva, que quedará exento de IVA.
Además, Moncloa ha modificado la ley para que el aceite de oliva pase a formar parte de los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).
Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5% y será a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre cuando el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%. “Esa paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes”, señalan desde el Ejecutivo de coalición.
Asimismo, se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de agua, electricidad y gas a los consumidores vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta julio de 2025, “con descuentos superiores a los existentes antes de la crisis energética”.
En concreto, los actuales descuentos del bono social, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos, se mantienen hasta el 30 de septiembre, “coincidiendo con la temporada estival y el incremento de consumo que se registra para combatir las elevadas temperaturas”.
A partir de ese momento, se aplicará una reducción del descuento de 7,5 puntos porcentuales por trimestre, con relación al total de la factura. De esta manera, del 1 de octubre al 31 de diciembre, el descuento para los consumidores vulnerables será del 57% y de los consumidores vulnerables severos del 72,5%.
Del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de ese mismo año, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y de los consumidores vulnerables severos del 65%. Por su parte, del 1 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 42,5% y de los consumidores vulnerables severos del 57,5%.
A partir del 1 de julio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 35% y el de los consumidores vulnerables severos del 50%, con carácter indefinido, “lo que supone un refuerzo del nivel de protección habitual previo al estallido de la crisis energética, situado en el 25% para los primeros y en el 40% para los segundos”.
En la norma también se otorga carácter indefinido a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas para las comunidades de propietarios y las empresas de servicios energéticos que les cubran esta demanda.
El Gobierno también ha acordado una reforma del IRPF para eximir de tributación a los trabajadores que perciben el salario mínimo. Se amplía de esta manera el umbral de tributación, por lo que la cuantía de salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF pasa de 15.000 euros anuales vigentes a 15.876 euros anuales.
“Dada la progresividad del impuesto, el resto de los cambios aplicados alcanzarán a rentas de hasta 22.000 euros”, afirma el Gobierno, lo que permitirá que la rebaja de retenciones del IRPF beneficie a 5,2 millones de contribuyentes, “sobre todo a asalariados y pensionistas con rentas bajas que podrán ahorrar unos 1.385 millones de euros”.
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