“Vengo en conmutar a doña María Sevilla Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, y conmutar la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad”. Unas medidas, detalla el BOE, “a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto”.
Previamente, apunta que Sevilla fue condenada en octubre de 2020 como autora de un delito de sustracción de menores a la pena de prisión de 2 años y 4 meses, “con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante 4 años”.
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