El exconseller Buch y el exescolta de Puigdemont, primeros amnistiados

TSJC

El exconseller Buch y el exescolta de Puigdemont, primeros amnistiados

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña amnistía al exconseller de Interior de la Generalitat y Lluís Escolà, que fue escolta del expresidente de la Generalitat.

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

La sección de apelación de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha amnistiado al exconseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, y el escolta del expresidente Carles Puigdemont, Lluís Escolà, lo que los convierte en los primeros amnistiados.

El tribunal ha declarado la extinción de la responsabilidad penal de Buch y Escolà “al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal en la instancia”, según la sentencia, consultada por Europa Press este martes.

El exconseller fue condenado por malversación a cuatro años y medio de prisión por designar al mosso d’Esquadra Lluís Escolà (condenado a cuatro años) como cargo de confianza para que escoltara al expresidente Puigdemont en el extranjero, tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

La Sala de apelaciones se ha reunido este martes para resolver las posibles amnistías de ocho condenas que estaban pendiente de recurso de causas vinculadas al ‘procés’.

En el caso del exconseller, la Sala declara la extinción de su responsabilidad penal y de la responsabilidad civil derivada de sus actos, que quedan anuladas, y ha declarado de oficio las costas procesales. Además, la sentencia asegura que “de igual modo se cancelarán cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales, se hayan llevado a cabo exclusivamente en virtud de los actos expresamente amnistiados”.

La sentencia, que condenaba a Buch a cuatro años y medio, también lo condenaba a nueve años y medio de inhabilitación por un delito de prevaricación y por el delito de malversación le imponía (además de la pena de prisión) otros 10 años y medio de inhabilitación.

A Escolà se le fijaba una inhabilitación de 10 años por un delito de malversación, –además de los cuatro años de cárcel–, y también fue condenado como cooperador necesario del delito de prevaricación, por el que la sentencia establecía una condena de nueve años de inhabilitación.

Más información