En un real decreto de 272 páginas, firmado por el Rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se explica que esta norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Es decir, el próximo 3 de abril de 2025.
No obstante, hay varias disposiciones adicionales de la ley que entrarán en vigor a los 20 días, mientras que la atribución de competencias en materia de violencia sexual a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer entrará en vigor a los nueve meses de su publicación en el diario oficial nacional español.
La Ley vio la luz verde definitiva en el Congreso el pasado 19 de diciembre, tras levantar por mayoría absoluta el veto que aprobó el PP en el Senado y una vez que Podemos retiró su amenaza de tumbarla, tras conseguir del ministro de Justicia, Félix Bolaños, el compromiso del Gobierno de suspender los desahucios y mantener las ayudas al transporte.
En concreto, esta norma introduce dos líneas de actuación, una reforma organizativa para favorecer la especialización y mejorar la gestión de recursos con la creación de Tribunales de Instancia y la creación de Oficinas de Justicia en los Municipios.
Y otra procesal, para agilizar la carga de juzgados y tribunales que incluye los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional en los ámbitos civil y mercantil, como la mediación y el arbitraje para tratar de evitar la sobrecarga de juzgados y tribunales.
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