Los accionistas ya no tendrán que recurrir al traje y la corbata para acudir a las juntas de sus empresas. Pues la nueva normativa no recoge que sea necesario un lugar físico para llevar a cabo este tipo de reuniones. Aunque sí una fecha y una hora.
En un encuentro organizado por el BME (Bolsas y Mercados Españoles) y el IDMC (Instituto de Derecho del Mercado y la Competencia) en la Bolsa de Madrid especialistas en economía del mundo académico han analizado distintas novedades jurídicas que afectan tanto a la Junta General como al Consejo de Administración de las sociedades cotizadas.
Según la ley de sociedad de capitales, hay tres maneras de desarrollar las juntas de accionistas, de modo presencial, virtual a través de videoconferencias o de tipo mixta, donde son los accionistas los que deciden si se enfundarán el traje o se quedarán en casa frente a una pantalla de ordenador. Los especialistas han adelantado que esta será la modalidad que más se va a utilizar debido al abaratamiento de costes.
Esta perspectiva está relacionada también con la representación. Para los catedráticos reunidos en el Palacio de la Bolsa, un mismo accionista puede tener varios representantes y viceversa. Lo que en ocasiones, según Fernando Rodríguez Artigas, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad Complutense de Madrid, hace que el representante no haga lo requerido. Aunque, Artigas defendió que en ocasiones es necesario separarse de los deseos personales del accionista a favor de sus necesidades.
Antonio Roncero Sánchez, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Castilla la Mancha amplió esta opinión y aseguró que es necesaria una nueva reinterpretación de este apartado del documento, “hace falta más claridad”. En su intervención apostó por un modelo más cercano al alemán.