En este caso, puedes optar por elegir la base de cotización del convenio especial, que existe específicamente para trabajadores que se encuentran en alguna de las situaciones anteriores. Veamos, en este artículo, de qué se trata con más detalles y cómo funciona.
Se trata de un acuerdo suscrito de manera voluntaria por los trabajadores con la Seguridad Social, con el fin de generar, mantener o ampliar el derecho a sus prestaciones. De esta manera, el trabajador está obligado a abonar las correspondientes cuotas a la Seguridad Social para seguir cotizando y, así, cuando llegue el momento de la jubilación, le cuente como años trabajados.
Aquellas personas que deciden acogerse a un convenio especial, tendrán la posibilidad de elegir entre cuatro opciones de bases de cotización, que tendrán carácter mensual y son las siguientes:
En el caso de que se deban tener en cuenta diferentes categorías profesionales, tanto la base de cotización mínima como la máxima se refieren y se calculan según el grupo de cotización en el que esté comprendida la categoría profesional del interesado justo antes de la baja.
La cuota resultante del convenio especial se ingresa siempre en el mes natural posterior al que la cuota esté referida. Si el último régimen en el que la persona ha estado dado de alta ha sido el régimen de autónomo, entonces la cuota se ingresa en el mismo mes.
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