“No hay explicación que justifique dejar, a sabiendas, a un barrio consumir agua contaminada durante varios días”. Esta frase pronunciada por el alcalde de Cádiz, José María González, ‘Kichi’, en una reunión con vecinos y periodistas en 2016 ha encontrado respuesta judicial.
La Audiencia Provincial de Cádiz le ha condenado a pagar una multa de 5.400 euros por un delito de calumnias con publicidad cometido contra el anterior equipo de gobierno del PP. ‘Kichi’ lanzó esa afirmación como una de las conclusiones del informe realizado por Aguas de Cádiz SA sobre lo ocurrido entre el 29 de septiembre y el 25 de octubre de 2014 en el barrio de Loreto que dio lugar al corte de suministro de agua a dicha zona.
De esta manera, la Audiencia Provincial corrige la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz que en julio de 2018 decidió absolver al alcalde de Cádiz, así como a su jefe de Gabinete y a un exconcejal. Sin embargo, la exalcaldesa Teófila Martínez decidió recurrir dicho auto.
Ahora, aparte de la multa de 5.400 euros, ‘Kichi’ tendrá que indemnizar con un total de 6.000 euros a la exalcaldesa del PP y al expresidente de Aguas de Cádiz, Ignacio Romaní. El primer edil también tendrá que publicar la sentencia en los mismos medios en que se publicó la noticia sobre esta frase.
Por el contrario, el tribunal ha decidido no condenar al jefe de Gabinete de ‘Kichi’ y al exconcejal que sí fueron absueltos en julio.
Respecto al alcalde de Cádiz, la Audiencia ha considerado que las manifestaciones efectuadas “sí deben considerarse como constitutivas” de un delito de calumnias”. Según la sentencia, ‘Kichi’ “imputa a sabiendas de su falsedad hechos a los querellantes” con el fin de “menoscabar su crédito”.
“Entendemos que la imputación que aquí tratamos es del todo gratuita e innecesaria para la información y para el lógico discurso del debate político, que es evidentemente descalificadora y ofensiva al imputar a los querellantes hechos muy graves cometidos de manera deliberada, de modo que rebasa con mucho el legítimo ámbito de la libertad de expresión e información”, ha concluido el tribunal.
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