«Seremos respetuosos con los cambios que se puedan introducir, siempre y cuando sirvan para dar una solución definitiva y que no acabe en un largo proceso judicial», ha expresado el secretario de CCOO de Enseñanza y coordinador del Área Pública de CCOO, Francisco García.
García ha recordado que el acuerdo con el Gobierno del pasado 5 de julio, trasladado al Real Decreto 14/2021, tenía el objetivo de «acabar con la temporalidad en el sector público», por lo que cualquier medida que se adopte después «no puede generar una mayor incertidumbre o una nueva discriminación».
En este sentido, el sindicato ha advertido de que seguirán con las movilizaciones que han comenzado esta semana para recuperar el poder adquisitivo de los funcionarios, garantizar la estabilidad en el empleo público, reconocer los derechos al traslado, la movilidad y la promoción interna, así como la puesta en marcha de la carrera profesional o adaptación de la cualificación profesional.
CCOO mantendrá las movilizaciones hasta conseguir abordar esos temas en la mesa de negociación, como ha puntualizado García.
INTERINOS FIJOS SIN OPOSICIÓN
El acuerdo, al que llegaron los grupos de PSOE y Unidas Podemos con ERC y PNV, incluye dos disposiciones adicionales que obligan a las administraciones a convocar «por el sistema de concurso aquellas plazas de carácter estructural que han estado ocupadas por personal temporal» al menos desde el 1 de enero de 2016, a contar cinco años desde el 31 de diciembre de 2020, han informado fuentes parlamentarias.
Esto supone una rebaja a cinco años tras los diez exigidos inicialmente por el Ministerio de Hacienda para rebajar la temporalidad en la Administración, dejando así la puerta abierta a que puedan consolidar su plaza de forma automática.
Las mismas fuentes han explicado que a los interinos de tres a cinco años se les exigirá un «concurso-oposición en los cuales los ejercicios de la fase de oposición pueden no ser eliminatorios», mientras que de cinco años para adelante habrá un concurso de méritos amparado en artículo 61.6 del EBEP. «Las plazas que pueden salir por concurso no están condicionadas a no haber sido previamente convocadas», han añadido.
Por otra parte, el acuerdo también incluye que se extienden «explícitamente» a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público.
Asimismo, se modifica la disposición transitoria que aborda los procesos de 2017 y 2018. «Se sigue hablando de que tienen que estar resueltas antes de 31 de diciembre de 2024 pero se elimina la referencia explícita a que seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias»», han indicado.
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