La mayoría de las posibles infracciones son por no hacer constar el Índice de referencia en los contratos, no individualizar los gastos que se incluyen en la renta y no detallar las características específicas que justificarían la superación de la renta establecida por el índice, según ha señalado el Govern a través de un comunicado.
Concretamente, se han detectado los primeros 30 casos susceptibles de sanción y se enviarán cartas a los 15 ayuntamientos de los respectivos municipios para instarles a incoar el procedimiento sancionador, dado que es su competencia.
En caso de que los ayuntamientos no actúen, la Agència de l’Habitatge de Catalunya (AHC) de la Conselleria de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat sancionará subsidiariamente con multas de entre 3.000 y 90.000 euros.
Las infracciones graves son sancionables con una multa de entre 9.000 y 90.000 euros por el hecho de establecer una renta de alquiler superior en un 20% a la marcada. Por su parte, recoge Europa Press, las leves recibirán una multa de 3.000 a 9.000 euros cuando la renta supere el precio establecido con un tanto por ciento menor al 20%.