El tipo mínimo del impuesto de sociedades se aplica a los grupos multinacionales de empresas y a los grupos nacionales de gran magnitud en la UE con unos ingresos financieros combinados superiores a 750 millones de euros al año.
Todos los Estados miembro UE estaban obligados a poner en vigor las disposiciones legales necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la directiva a más tardar el 31 de diciembre de 2023, y a comunicar inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones, que debían aplicarse con respecto a los ejercicios fiscales a partir del 31 de diciembre de 2023.
Hasta la fecha, una mayoría de los Veintisiete ha cumplido estas obligaciones, con la excepción de España, Chipre, Polonia y Portugal, que aún no han notificado las medidas nacionales de transposición.
La Comisión ha reconocido que las autoridades están realizando unos esfuerzos “notables” para finalizar su legislación nacional de aplicación del tipo mínimo del 15%, pero ha decidido denunciarlos ante el TJUE por falta de transposición de las disposiciones pertinentes de la UE.
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