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Alberto Rodríguez presentará ante el Supremo un incidente de nulidad contra la sentencia que le inhabilita

Con el incidente de nulidad, previsto en el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), quienes son parte legítima pueden pedir por escrito que se declare la nulidad de actuaciones apoyándose en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución.

Una vez lo presenten, la LOPJ dice que será competente para conocer de este incidente el mismo juzgado o tribunal que dictó la resolución que hubiera adquirido firmeza. El plazo para pedir la nulidad es de 20 días desde la notificación de la la resolución o, en todo caso, desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión, sin que, en este último caso, pueda solicitarse la nulidad de actuaciones después de transcurridos cinco años desde la notificación de la resolución.

Así, dado que la sentencia se hizo pública el día 6 de octubre, la defensa de Alberto Rodríguez, dirigida por el abogado Gonzalo Boye y la abogada Isabel Elbal, aun está a tiempo de presentar ese incidente. Paso previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

LA SENTENCIA DE RODRÍGUEZ

El Supremo condenó al ya exdiputado de Unidas Podemos a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad en una manifestación en 2014, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La condena conlleva la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En la sentencia, el Alto Tribunal resolvió sustituir la pena de prisión por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet decidió el pasado viernes proceder a retirar el acta de diputado a Rodríguez para ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo después de que el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, dirigiera un oficio a Batet pidiéndole que remitiera al Alto Tribunal el informe sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado canario.

Este mismo lunes, Rodríguez enviaba un requerimiento a Batet en el que por medio de cuatro preguntas le solicitaba que aclarara el motivo por el que procede su sustitución como diputado «sin procedimiento previo alguno» para privarle de su escaño, y si esa decisión ha sido «personal».

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Alberto Rodríguez presentará ante el Supremo un incidente de nulidad contra la sentencia que le inhabilita

E.B.

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