El auto, detalla el Supremo, recuerda que la Fiscalía presentó el pasado 7 de mayo un escrito de acusación interesando la apertura de juicio oral contra Rodríguez, imputándole los dos delitos citados, que se habrían producido en La Laguna (Tenerife) el 25 de enero de 2014 con motivo de un acto al que estaba prevista la asistencia del entonces ministro de Educación José Ignacio Wert. En él se produjo un enfrentamiento entre manifestantes y agentes de Policía que se encargaban de la protección de autoridades. Según la Fiscalía, en el curso de ese incidente Rodríguez propinó una patada a un policía ocasionándole una contusión en la rodilla izquierda.
El instructor señala en su auto que esos hechos, “en una valoración provisional”, pudieran ser constitutivos de los delitos de atentado a agentes de la autoridad y lesiones leves, existiendo indicios contra el acusado que excluyen la procedencia de un sobreseimiento en este momento, debiéndose acordar la apertura de juicio oral para su enjuiciamiento.
Asimismo, fija una fianza de 350 euros para asegurar la responsabilidad civil solicitada por la Fiscalía sin que proceda adoptar ninguna otra medida cautelar. Contra el auto de apertura de juicio oral, según indica el instructor, no cabe recurso alguno.
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