En un auto, el TSJC descarta que la juzgue un tribunal popular porque la Fiscalía no la acusa finalmente de los delitos de malversación y fraude, los que citaba Borràs para justificar su petición, ya que el Ministerio Público solo le atribuye los presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental.
La Sala también inadmite la recusación del magistrado instructor, Carlos Ramos, reclamada por el abogado de Borràs, Gonzalo Boye, porque es «un abuso de derecho y un fraude procesal» dirigido a apartar al juez predeterminado por la ley y a dilatar la tramitación para retrasar la apertura del juicio oral.