El juez que instruye el proceso concursal de la inmobiliaria, el segundo más abultado de la historia de España, considera que hay propuestas que incumplen las leyes. Reyal Urbis está un paso más cerca del peor de los desenlaces a su quiebra financiera. El grupo inmobiliario se aproxima a la liquidación después de que el juez que instruye su proceso concursal haya rechazado la propuesta de convenio presentada por una compañía suspendida de negociación en Bolsa desde febrero del año 2013.
La inmobiliaria ya ha adelantado que interpondrá un recurso contra la decisión del juez Francisco Javier Vaquer, encargado de instruir el segundo proceso de quiebra más abultado de toda la historia empresarial española. El titular del juzgado mercantil número 6 de Madrid ha explicado que la hoja de ruta presentada por la compañía no asegura la generación de ingresos suficientes como para hacer frente a todas las deudas que permanecerían en su balance.
En la propuesta que Reyal Urbis había remitido al juzgado se preveían quitas del 90% para las deudas ordinarias y subordinadas de más de 3.000 euros y del 70% para las inferiores a esta cantidad. Banco Santander, el ‘banco malo’, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y Hacienda se cuentan entre los principales acreedores de la compañía con deudas de 600, 480, 220 y 400 millones respectivamente, según figura en la documentación que durante estos tres últimos años se ha remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Del sindicato de bancos acreedores, compuesto por más de una veintena de entidades, ocho son extranjeros. A estos les propone un pago aplazado a seis años en los que los cuatro primeros sean de carencia, es decir, sin obligación alguna de afrontar sus obligaciones de deuda, reservando los desembolsos a los dos finales de este periodo. Una circunstancia que tampoco parece haber caído en gracia del juez instructor.
A momento de su entrada en concurso, el 4 de marzo de 2013, Reyal Urbis acumulaba un agujero patrimonial de 1.699,3 millones de euros. El presidente de la compañía, Rafael Santamaría, había propuesto que si un 75% de los acreedores aceptaban su convenio, todos debían renunciar a las garantías de cobro de sus préstamos y liberar así de cargas a los activos hipotecados. Un extremo que el juez ha calificado de incompatible con la Ley Concursal.
Vaquer también ha señalado que las quitas de deuda propuesta son exageradas y que incluso exceden los límites legalmente establecidos en algunos casos. En el auto ha llegado a apuntar que en la propuesta de convenio “no existía soporte argumental alguno para privar a los acreedores de sus legítimas expectativas a recibir lo que pueda corresponderles”. Una conclusión a la que ha llegado después de que a finales del pasado mes de marzo la inmobiliaria subsanó algunas imprecisiones que el magistrado había detectado.