RTVE sobre sus ‘tarjetas black’: “Sólo el 30% del gasto corresponde a directivos”

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RTVE sobre sus ‘tarjetas black’: “Sólo el 30% del gasto corresponde a directivos”

Estudios de RTVE

La corporación se defiende después de las informaciones que apuntan a que el 70% de los gastos de los ejecutivos no fueron justificados. RTVE ha emitido un comunicado en el que aclara que “el 70% del gasto que se realiza en la Corporación con tarjeta de crédito no corresponde a sus directivos como indican erróneamente algunas informaciones publicadas este fin de semana”.

La corporación se defiende así de una noticia publicada por El Confidencial en la que se asegura que sólo el 30% de los gastos realizados por los ejecutivos fueron justificados de manera apropiada, lo que recordaría al uso de las ‘tarjetas black’ en Caja Madrid.

En la nota, la corporación indica que el 70% del gasto corresponde “a la producción de programas, a los servicios informativos de televisión y radio y a las corresponsalías en el extranjero. No se puede afirmar, por tanto, que se trate de tarjetas de los directivos de la Corporación RTVE”.

“Las partidas más importantes son los gastos de viaje y los gastos asociados a relaciones externas”, añade el ente público que insiste en que las tarjetas de crédito “son un medio de pago alternativo al pago en efectivo de gastos profesionales, y no suponen en ningún caso una retribución en especie ni un beneficio para su titular”.

Respecto al informe de la Intervención Delegada, RTVE recuerda que “es confidencial” y que este año, al realizar el informe sobre 2013, ha sido la primera vez que ha revisado este tipo de gastos de una forma detallada. “Ha estudiado la justificación documental de un conjunto de liquidaciones de gastos, y ha comparado esta documentación con una norma del Ente Público RTVE del año 1990 que no responde exactamente a las prácticas de supervisión y control del gasto que se están siguiendo en la actual Corporación RTVE creada en 2007”, explica en la nota.

En este sentido, RTVE admite que de los casos en los que “no se cumple con todas las formalidades que establecía la citada norma, el más frecuente es el que no hace constar el motivo del gasto en la liquidación”. A pesar de ello, la corporación defiende que esos motivos se pueden deducir cuando se comparan las cuentas con el resto de la documentación aportada.

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