La Fiscalía pide archivar la querella del novio de Ayuso al no existir delito

Justicia

La Fiscalía pide archivar la querella del novio de Ayuso al no existir delito

La fiscal solicita al TSJM que rechace la querella de Alberto González contra la fiscal jefe por revelación de secretos.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el Hospital Isabel Zendal. (Foto: Comunidad de Madrid)

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en una imagen de archivo. (Foto: Comunidad de Madrid)

La fiscal María de la O Silva ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que inadmita la querella que interpuso Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, y el fiscal Julián Salto por la nota informativa difundida por la Fiscalía de Madrid en la que se informaba sobre el cruce de correos entre su abogado y el fiscal relativos a la investigación por un presunto fraude fiscal.

En un escrito, al que tuvo acceso Europa Press, la fiscal emplaza a la Sala de lo Civil y Penal a declarar la competencia del Alto Tribunal madrileño para la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento con respecto a los dos aforados querellados, así como que se declare la inadmisión a trámite de la querella interpuesta al carecer de relevancia penal los hechos en ella relatados.

Esgrime que la publicación de la nota de prensa “se limitó a proporcionar información veraz a la opinión pública sin desvelar datos, hechos o documentos que no hubiesen sido ya difundidos en diferentes medios de comunicación y ante la demanda de corroboración de las noticias publicadas, carece de relevancia jurídico penal como para proceder a la apertura de un procedimiento penal”.

Por otro lado, agrega la fiscal, que ni en la querella interpuesta ante este Tribunal ni en la denuncia acumulada a la misma tras la exposición razonada elevada por el Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid relativa a la querella del Colegio de la Abogacía de Madrid aparece “el más mínimo indicio de que los querellados divulgasen los correos electrónicos intercambiados entre fiscal y letrado entre los días 2 de febrero y 12 de marzo de 2024”.

Es decir, especifica, “con anterioridad a la interposición de una denuncia contra el ahora querellante por dos delitos contra la Hacienda Pública y un delito de falsedad documental”. “La querella no ofrece ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente que los querellados divulgasen indebidamente, esto es, que filtrasen a ningún medio tales comunicaciones con el letrado del actual querellante”, subraya.

“Las afirmaciones no pasan de ser meras sospechas o conjeturas”

Señala al respecto que “las afirmaciones realizadas en la querella no pasan de ser meras sospechas o conjeturas carentes de todo soporte indiciario o probatorio, suposiciones que no permiten, además, excluir otras, incluso más verosímiles sobre el origen de esas filtraciones, bastando para ello con una somera lectura de la primera información publicada por el diario ‘El Mundo’ a las 21.29 horas del 13 de marzo de 2014”.

Siendo así las cosas, apunta que “la apertura de un procedimiento penal en este caso a través de la admisión a trámite de la querella y la consiguiente imputación de los dos querellados supondría la apertura de una investigación criminal de todo punto prospectiva, vedada por nuestro ordenamiento jurídico”.

En la querella, la defensa solicita que declaren como investigados los querellados y requiere a la Fiscalía de Madrid que indique quién o quienes redactaron la citada nota informativa y quién o quienes fueron las personas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado, así como el máximo responsable que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado.

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